
De la Vega pudo cometer delito o infracción electoral
El voto fraudulento de la vicepresidenta
Maite Alfageme Actualizado el 18/3/2009 - 13:05h
A pesar de empadronarse fuera de plazo, la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, votó en el colegio electoral de Beneixida (Valencia) en las Elecciones Generales del 9-M de 2008, cuando legalmente le correspondía hacerlo en Madrid. De hecho, existe constancia documental de que al menos hasta el 12 de febrero -es decir, 11 días después de que el Censo vigente se considerase legalmente inalterable-, la vicepresidenta figuraba inscrita en la Mesa A, Sección 31, Distrito 6 del municipio de Madrid.
Época desvela en exclusiva el escándalo del voto fraudulento de la número dos del Ejecutivo que pudo cometer delito o infracción tipificados en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) y castigados con diversas penas.
Fernández De la Vega logró, eso sí, el objetivo de "hacerse la foto" votando en la provincia por la que se presentaba como cabeza de cartel del PSOE en las listas al Congreso.
La información completa puede leerse en el número de esta semana de la revista Época, a la venta a partir del jueves en los quioscos.
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Época se ratifica en lo anticipado por 'lanacion.es'
Actualizado el 18/3/2009 - 20:02h
Ante la información ofrecida en exclusiva por lanación.es adelantando el número de Epoca de este próximo jueves sobre el voto fraudulento de la vicepresidenta, María Teresa Fernández de la Vega, en las pasadas elecciones generales, la responsable de Comunicación de la Vicepresidencia ha remitido a lanación.es UN COMUNICADO NEGÁNDO LOS HECHOS: lanacion.es, que ha adelantado algún contenido de lo que se va a publicar en ÉPOCA: Se ratifica en todos los extremos de su información.
Seguiremos publicando documentos que avalan la citada exclusiva. A pesar de la explicación ofrecida por Moncloa, se da la circunstancia de que la vicepresidenta -que a fecha 1 de febrero, es decir, después de que ayuntamientos y consulados expusieran las reclamaciones y el Censo Electoral se considerase legalmente inalterable- aparecía inscrita en la Mesa A, Sección 31, Distrito 6 del Municipio de Madrid. Es evidente que ningún ciudadano puede ejercer el derecho al voto en dos mesas electorales diferentes.
Puestos en contacto con la Vicepresidencia y solicitada la resolución a la que se apela no hemos recibido documento alguno. Así mismo, la citada resolución no se encuentra disponible en la web oficial de la Oficina del Censo Electoral.

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